Por: Carlos Baez
Para: Observando tu Noticias

La magistrada María Isabel Castillo, al motivar su
decisión argumentó que los elementos de prueba depositados por la parte
acusadora no son vinculantes al delito de difamación e injuria, por lo que el
tribunal, al interpretar el codigo penal dicta sentencia absolutoria.
PARTE ACUSADORA
El abogado del actor civil constituido lic. Araujo
depositó como elementos probatorios una comunicación firmada por el Prof. SEMPAY,
en la que pide la destitución del Señor David Rodríguez por estar involucrado
en un escándalo de mal uso de más de 300 mil pesos de los recursos reacudados
para una graduación estudiantil.
También acreditó tres testigos, cuyos testimonios
fueron califitados por el tribunal como insuficientes para generar una condena,
pues no demostraban que se había incurrido en difamación e injuria.
El acusador pedía al tribunal una indemnización de
800 mil pesos, una multa a favor del estado de 25 mil pesos y tres meses de
prisión en la cárcel de najayo, petición que fue rechazada en la audiencia que
se prolongó aproximadamente por 90 minutos.